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Imagen: César Mejías

Derecho a internet: para qué nos sirve y cómo estamos por casa

Las sociedades van cambiando y las regulaciones se deben ir adaptando. Eso mismo es lo que pasa actualmente con el internet, sobre todo en materia de libertad de expresión y privacidad de datos. Ven a ver de qué se trata este derecho que la ONU consagró como “universal”.

Por Rodolfo Westhoff @rwesthoff | 2017-02-13 | 07:00
Tags | derecho, internet, mundo, web, red, libertad, expresion

Estamos en ese punto de nuestra historia en el que hasta nuestros relojes pueden tener acceso a internet (y se nos vienen tiempos en los que incluso nuestro cepillo de dientes podrá hacerlo). Después de todo, internet se ha transformado en una herramienta de vital importancia, a tal punto de que algunos ya ven en como algo del pasado el ir al super a hacer las compras.

Y pese a que damos por sentada nuestra vida con acceso a la web, la verdad es que su masificación es relativamente reciente. ¿Sabías que en el 2009 solo el 30% de los chilenos contaba con acceso a internet en sus hogares? Por suerte eso ya cambió y, según la séptima Encuesta de acceso, usos y usuarios de internet, para fines del 2015, el 72% de los hogares del país ya contaba con acceso a la red.

Un nuevo mundo de conexiones

En ese contexto, nuestra sociedad se encuentra en medio de un proceso de adaptación de cambios, en donde muchas de nuestras actividades que realizábamos hace dos décadas, ahora pueden ser hechas a través de un dispositivo con acceso a 4G o Wifi.

Por eso mismo, es importante que la legislación esté a la par con nuestro estilo de vida. Sobre todo si consideramos que también van surgiendo problemas que hace un tiempo ni nos habríamos imaginado. ¿Quién habría pensado hace 30 años que podría tener una red social en la que, virtualmente, todo el mundo podría tener acceso a su información personal? Y no hablamos de aspectos como edad, sexo o lugar de origen. Estamos hablando de llegar a saber qué café pediste en Starbucks la semana pasada, si es que publicaste una selfie “con las mejores” en Facebook.

¡Para que decir el tremendo escándalo que quedó en EE.UU., cuando Edward Snowden reveló que espiaban a los ciudadanos hasta por las cámaras de su computador! ¿Se acuerdan? Por eso, es muy necesario legislar. Para ver todo este tema es que se habla del “Derecho a internet”, que es de lo que les contaremos a continuación.

El derecho a internet

Uno de los primeros grandes pasos que se dieron en esta materia vino de parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En el 2011, la institución emitió una declaración en la que se catalogó al internet como una de las herramientas más poderosas del siglo XXI y, además, como un derecho. ¿Qué querían decir con esto?

Por un lado, que el acceso a esta fuente debería ser libre y que nadie debería tener la facultad de restringirles a las personas su “derecho” a poder navegar en la web (ejem, Corea del Norte). Pero más que garantizar el derecho a tener un computador y poder usarlo para chatear, este derecho tiene que ver con darles a las personas la seguridad de que pueden manifestar su libertad de expresión en la web, asegurando también la protección de su información personal.

Esto no significa que sea un derecho humano, sino que más bien es un vehículo para ejercer nuestras libertades democráticas. Algo que puede que no nos afecte tan directamente en Chile, pero que en países como Corea del Norte y China es un problema serio. Es cosa de ver que Facebook ha tenido que trabajar en crear un software de censura para ver si puede operar en ese país.

Los principios de la libertad de expresión en internet

Para consagrar esto, se estipularon tres principios fundamentales del derecho a internet en materia de libertad de expresión:

1) Que todos tienen derecho a manifestar sus opiniones en la web, sin ser intervenidos

2) Que todos tienen derecho a libertad de expresión en internet, es decir: que pueden buscar, recibir y compartir información e ideas de todo tipo, independientemente de su formato (oral, escrito, a través de una manifestación de arte, etc.)

3) Que esta libertad también conlleva a la responsabilidad en cuanto a la información que publicamos (¿les suenan las fake news?)

En ese sentido, se platean dos principios que actúan como restricciones válidas a la hora de coartar la libertad de expresión en internet:

4) Cuando se atenta contra los derechos de otras personas.

5) Cuando la información publicada pone en riesgo la seguridad nacional (que es, por ejemplo, de lo que se le acusó a Julian Assange por Wikileaks).

¿Y qué pasa en Chile?

A fin de cuentas, el derecho a internet se trata de dejar claras las reglas del juego del mundo virtual. Y en Chile nos estamos poniendo al tanto de esta materia, al menos a nivel constitucional (lo que no significa que no exista algún tipo de regulación al respecto). A fines del año pasado entró al Congreso un proyecto de ley firmado por los senadores Guido Girardi (PPD) y Manuel José Ossandón (IND, ex RN) para consagrar en la Constitución el derecho al acceso a internet.

Entre sus principales aspectos, la iniciativa busca que el Estado promueva el uso libre e igualitario del uso de la web, sin que esto sea entorpecido por ningún actor de la sociedad. También pretende prevenir que se obstaculice la divulgación de información y garantizar que se protejan los datos de los usuarios.

Esto último tiene que ver con que el Estado no sea capaz de recolectar datos personales de los usuarios de internet de manera masiva e indiscriminada, a no ser que “existan fundadas sospechas de comisión o participación en un hecho punible sancionado con pena de crimen”.

Así que, en pocas palabras, lo que se busca es limitar la capacidad del Estado de recopilar nuestra información personal en la web, mientras que fomenta el acceso a esta misma de manera igualitaria para la población. Algo sumamente importante, si pensamos que la web se ha transformado en la representación misma de la democracia, con todos nosotros hablando de lo que nos plazca en nuestras redes sociales.

¿Qué otros aspectos crees que debería tener en cuenta el Derecho a internet?

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