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Imagen: Gojko Franulic

Así quedaron las multas por conducir con alcohol con la nueva Ley Emilia

Ya entró en vigencia la Ley Emilia, que endurece las penas para quienes manejan en estado de ebriedad, ocasionen o no accidentes. Además se asegura un mínimo de un año de cárcel efectiva para quienes provoquen lesiones graves o la muerte y se sanciona la fuga o negarse al alcohotest.

Por César Burotto @cburotto | 2014-09-17 | 07:00
Tags | alcohol, ley emilia, promulgación, cero alcohol, alcohol, trago, conductor
En enero del 2013, la menor Emilia Silva, viajaba en automóvil junto a sus padres. El vehículo fue impactado por otro auto que era conducido por Nelson Fariña, provocándole la muerte a la pequeña Emilia y lesiones graves a la madre. La alcoholemia de Nelson arrojó 2.05 gramos de alcohol por litro de sangre, producto de lo cual fue condenado a dos años de prisión. Tras este accidente, los padres de Emilia hicieron un llamado a la sociedad y a los parlamentarios para endurecer las penas a los conductores que manejen con alcohol en el cuerpo. Esto finalmente se materializó en la Ley Emilia.

Este lunes, en una ceremonia llevada a cabo en el Palacio de La Moneda, se promulgó la Ley Emilia, entrando en vigencia hoy 16 de septiembre al ser publicada en el Diario Oficial. Debido a esto empezará a regir durante estas fiestas patrias, endureciendo las penas a quienes provoquen accidentes donde el alcohol sea la causa. “Promulgamos esta ley cuando comenzamos la semana de celebración de nuestras Fiestas Patrias. Continuamos así la senda para eliminar un actor clave de accidentabilidad, como es el consumo de alcohol”, dijo la presidenta Michelle Bachelet, durante el acto de promulgación.

Así quedaron los castigos con la Ley Emilia


Antes de la entrada en vigencia de la Ley Emilia ya existía la Ley de Tolerancia Cero al alcohol. Esta se encargó de rebajar los gramos de alcohol por litro de sangre que se necesitaban para estar considerado bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad. De esta forma se bajó de 0,5 gr/lt de alcohol por litro de sangre a 0,3 gr el estar bajo la influencia del alcohol (antes era considerado “estado deficiente”) y de 1 gr a 0,8 el estado de ebriedad. También la ley Tolerancia Cero aumentaba los tiempos de suspensión de la licencia de conducir. Por su parte la Ley Emilia se encargó de aumentar las penas y sanciones en ciertos casos. 

Manejo bajo la influencia del alcohol (0,3 a 0,8 gr/lt de sangre)

- Si se es sorprendido con este nivel de alcohol en la sangre, y en caso de que no existan daños o lesionados y sea la primera vez, la licencia se suspende durante tres meses, sumado a una multa que va de 1 a 5 UTM (el valor de una UTM es de alrededor 42 mil pesos, por lo que la "travesura" te puede salir hasta $210 mil) y no hay pena de cárcel. 

- En el caso de daños materiales o lesiones leves hay una multa de entre 1 a 5 UTM y la suspensión de la licencia por seis meses.

-Si se han causado lesiones menos graves hay multa de entre 4 a 10 UTM, suspensión de licencia por nueve meses y una pena que puede ir desde 1 a 20 días.

-Si se han provocado lesiones graves hay una pena de 61 a 541 días, una multa de 11 a 20 UTM y suspensión de la licencia por un tiempo desde 18 a 36 meses. 

- Si es que hay lesiones gravísimas o muerte, y es la primera vez, se suspende la licencia por un periodo que puede ser entre tres meses a cinco años, además de una multa que va desde 21 a 30 UTM ($882 mil a $1,2 millones) y se deberá cumplir además una pena de entre 3 años y un día a 5 años.

Manejo en estado de ebriedad (sobre 0,8 gr/lt de sangre):

- Si no existen lesiones ni daños o se causan lesiones leves o daños y se trata de la primera vez, la licencia se suspende por dos años, hay una multa de 2 a 10 UTM ($84 mil a $420 mil) y se debe cumplir una pena que va desde los 61 a los 541 días. En el caso que sea la segunda vez que se lo sorprenda manejando en estado de ebriedad y sin lesiones o daños, la licencia se suspende por cinco años, hay una multa de 2 a 10 UTM y una pena de 541 días a 3 años. A la tercera vez que lo pillen en las mismas, se cancela la licencia de por vida, hay una multa de 2 a 10 UTM y una pena de 541 días a 3 años.

- En el caso de provocar lesiones graves o menos graves se establece una pena de 541 días a tres años, una multa entre 4 y 12 UTM y suspensión de la licencia por 36 meses en el caso de producirse lesiones menos graves, y de cinco años en el caso de lesiones graves. 

- En caso de provocar lesiones gravísimas o muerte y desde la primera vez, se inhabilita la licencia de por vida, hay una multa de entre 8 a 20 UTM  y una pena de 3 años y 1 día a 10 años. 

Fuga y negativa al alcohotest o alcoholemia

La ley Emilia establece además, penas para quienes se escapan del lugar del accidente y no presten ayuda, no se detengan en los controles policiales o se nieguen al alcohotest o alcoholemia. Además es considerado una agravante en los casos de accidentes ocasionados tanto en manejo en estado de ebriedad como bajo la influencia del alcohol.

- Cuando el conductor ocasiona daños materiales y no da cuenta a las autoridades, independiente si haya tomado alcohol o no, puede recibir una multa de 3 a 7 UTM y la suspensión de la licencia por un mes.

- Si se provoca una lesión leve y el conductor se da la fuga, independiente si ha bebido o no hay una multa de 7 a 10 UTM además de una pena de 541 días a 3 años y un día.

- Si el conductor provoca lesiones graves o la muerte y se da a la fuga, sin estar con alcohol, arriesga una pena desde 3 años y un día hasta 5 años.

- En caso de fuga o negativa al alcohotest y en donde el conductor está bajo la influencia del alcohol, las penas son de 541 días a 3 años. 

- Cuando el conductor está en estado de ebriedad, en caso de fuga o negativa al alcohotest y no hay daños ni lesiones, la pena es de 541 días a 3 años. 

- Para los casos en que se provocan lesiones gravísimas o muerte y el conductor se encuentra en estado de ebriedad, la pena es de 541 días a 5 años, por fuga o negarse al alcohotest.

Cárcel efectiva

Una de las mayores novedades de la Ley Emilia es que establece presidio efectivo de un año mínimo para quienes provoquen lesiones gravísimas o la muerte. Es decir que no existe la posibilidad de cumplir la pena de formas alternativas y quienes sean responsables deberán pasar por lo menos un año en la cárcel. Esto se aplica tanto para conductores bajo la influencia del alcohol como en estado de ebriedad.

 "Les quiero advertir que nadie que mate a otro o lo deje grave o gravísimo va a dejar de estar en la cárcel al menos un año. Por eso es que es tan importante tomar consciencia que no se puede manejar cuando se toma", señalaba durante la promulgación el ministro de justicia, José Antonio Gómez.
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Comentarios
Felipe Devilat | 2014-09-17 | 08:20
1
Super buen articulo... Me quedo clarísimo.... explicado con peras y manzanas..

PD: Disculpen, pero están correctos estos párrafos?

- Si el conductor provoca lesiones graves o la muerte y se da a la fuga, sin estar con alcohol, arriesga una pena desde 3 años y un día hasta 5 años.

- En caso de fuga o negativa al alcohotest y en donde el conductor está bajo la influencia del alcohol, las penas son de 541 días a 3 años.

Puede ser que estén invertidos? La pena en caso de fuga con lesiones graves es mayor en el caso de manejar sin alcohol?
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Noel | 2014-09-17 | 09:51
3
Creo que es solo la fuga por negarse a un alcohotest, onda en un control rutinario que hacen los carabineros en las calles.
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Arturo B. | 2014-09-17 | 15:36
1
Ojo que en el primer caso es lesiones graves o muerte, y en el otro es solo fuga / negativa al alcohotest estando bajo la influencia.
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Noel | 2014-09-17 | 09:54
1
Aun queda esa interrogante de como se sanciona a alguien que, ebrio, escapa y se entrega 3-5 días despues sin alcohol en la sangre ( no se realmente cuanto se demora en desaparecer).
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Javier Escobar | 2014-09-17 | 10:21
2
"Si se provoca una lesión leve y el conductor se da la fuga, independiente si ha bebido o no hay una multa de 7 a 10 UTM además de una pena de 541 días a 3 años y un día"

Independiente si ha bebido o no. La nueva ley no hace distinción, esa es la gracia.
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JCL | 2014-09-17 | 11:50
1
Con respecto al parrafo:

..."En caso de fuga o negativa al alcohotest y en donde el conductor está bajo la influencia del alcohol, las penas son de 541 días a 3 años."...

Entiendo que se trata de cuando en un control rutinario una persona con evidente estado de ebriedad se rehusa a realizar el test o arranca y es detenido posteriormente por evadir el control.

Por que de otro modo como se sabe si está en estado de ebriedad si no ha realizado el control y ni el test???
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Felipe Lazo | 2014-09-17 | 11:52
2
Fuera del tema: ¿cambiaron algo en el sitio? Las letras se ven más grandes, algunas se salen de los cuadros... Se ve peor que lo ya peor que estaba. Me alegro eso sí que el contenido sigue teniendo la calidad habitual :)
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Arturo B. | 2014-09-17 | 15:38
1
AL FIN MANO DURA con este tema!!! A ver si ahora si se ponen las pilas con hacerlas efectivas y los jueces no le buscan la quinta pata al gato para no sancionar. Si te quieres emborrachar dale, pero no pongas a otros en peligro por tu decisión ni les quites la vida.
Bien ahí!
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Diego Carabantes | 2014-09-23 | 13:04
0
Chuata esta peluda la cosa, pero hay que acatar no mas,este 18 tuve ley seca ya que no quiero pasar 1 año preso y llegar a la casa y este otro manejando mi auto,,,jejeje, pero el chileno entiende asi no mas, mano dura sino mas muertes de personas inocentes por sujetos iresponsable que no se saben controlar el codo..
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capo capo1234 | 2015-09-04 | 01:54
0
Les recomiendo a todos los que creen que existe algun resquisio legal para no ir a la carcel al menos un año cuando existen muertes que lean cuidadosamente:
1)LEY NÚM. 20.770 /Artículo 196 bis Numero 7 que dice asi " la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quedará en suspenso por
un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la
pena privativa de libertad a la que fuere condenado"
2)Su WED es : http://www.conaset.cl/wp-content/uploads/2014/09/ley_20770_ley_emilia.pdf
3)Esto significa que NO EXISTE pena de presidio alternativo( Ley 18216) antes de un año.
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Cristian Alvarez | 2018-04-24 | 16:16
0
maneje en estado de ebriedad y al ver carabineros me asuste y me devolví por una calle contra el tránsito 2 cuadras y me baje del vehículo camine 1 cuadra llego carabineros y me detuvo Es primera vez y sin daños a nada y nadie( cual seria mi pena?)
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JCL | 2018-04-25 | 09:56
0
Ud. o tiene gran valor o no cacha la mansa cagaita que se mandó...

Espero que sea la primera opción y que Ud. reconozca que lo que hizo es para aplaudirlo en la cara, cuyo error me imagino no volverá a cometer y que no sea una inconsciente mente perdida que no está ni ahí con lo que hizo, ya que a pesar de que no ocurrió nada, los riesgos asociados eran muy altos para Ud. y entorno.

Afortunadamente para Ud. lo más probable es que no le pase a mas que una multa de tránsito, aunque sería una gran aberración tal como funciona el sistema judicial chileno, donde los delincuentes tienen mas chances que quienes cometimos errores por desconocimiento.

Búsquese un abogado, y chicoteelo para que se mueva arto y no deje para el día siguiente ningún trámite, ya que los juicios curiosamente se ganan por modo y no por motivación de descartar la culpabilidad.
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